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Trabajando con finanzas islámicas

bancario : Trabajando con finanzas islámicas

Las finanzas islámicas se refieren a los medios por los cuales las corporaciones en el mundo musulmán, incluidos los bancos y otras instituciones crediticias, obtienen capital de acuerdo con la Sharia o la ley islámica. También se refiere a los tipos de inversiones que están permitidos bajo esta forma de ley. Una forma única de inversión socialmente responsable, el Islam no hace división entre lo espiritual y lo secular, de ahí su alcance en el dominio de los asuntos financieros. Debido a que esta sub-rama de las finanzas es un campo emergente, en este artículo ofreceremos una visión general para que sirva como base de conocimiento o para estudios posteriores.

El panorama general de la banca islámica

Aunque han sido obligatorios desde el comienzo del Islam en el siglo VII, la banca y las finanzas islámicas se han formalizado gradualmente desde fines de la década de 1960, coincidiendo con y en respuesta a la tremenda riqueza petrolera que alimentó el renovado interés y la demanda de productos que cumplen con la Sharia y práctica.

El centro de la banca y las finanzas islámicas es comprender la importancia de compartir el riesgo como parte del aumento de capital y evitar riba (usura) y gharar (riesgo o incertidumbre).

La ley islámica considera los préstamos con pagos de intereses como una relación que favorece al prestamista, que cobra intereses a expensas del prestatario. Debido a que la ley islámica ve el dinero como una herramienta de medición del valor y no como un activo en sí mismo, requiere que uno no pueda recibir ingresos del dinero (por ejemplo, intereses o cualquier cosa que tenga el género del dinero) solo. Considerada riba, tal práctica está prohibida por la ley islámica ( haram, que significa prohibido) ya que se considera usuraria y explotadora. Por el contrario, la banca islámica existe para promover los objetivos socioeconómicos del Islam.

En consecuencia, las finanzas que cumplen con la Sharia ( halal, que significa permitido) consisten en la banca de ganancias en la cual la institución financiera comparte las ganancias y pérdidas de la empresa que suscribe. De igual importancia es el concepto de gharar . Definido como riesgo o incertidumbre, en un contexto financiero se refiere a la venta de artículos cuya existencia no es segura. Ejemplos de gharar serían formas de seguro, como la compra de primas para asegurar contra algo que puede ocurrir o no, o derivados utilizados para protegerse contra posibles resultados.

El financiamiento de capital de las compañías es permisible, siempre y cuando esas compañías no se dediquen a tipos de negocios restringidos, como la producción de alcohol, pornografía o armamento, y solo ciertas proporciones financieras cumplan con pautas específicas.

Arreglos Básicos de Financiamiento

A continuación se muestra una breve descripción de los acuerdos de financiación permitidos que a menudo se encuentran en las finanzas islámicas:

  1. Contratos de participación en pérdidas y ganancias ( mudarabah ). El banco islámico agrupa el dinero de los inversores y asume una parte de las ganancias y pérdidas. Esto se acuerda con los depositantes. ¿En qué invierte el banco? Ha surgido un grupo de fondos mutuos seleccionados para el cumplimiento de la Sharia. El filtro analiza los balances de la empresa para determinar si está prohibida cualquier fuente de ingresos para la corporación (por ejemplo, si la empresa tiene demasiada deuda) o si la empresa se dedica a líneas comerciales prohibidas. Además de los fondos mutuos administrados activamente, también existen pasivos basados ​​en índices tales como el Dow Jones Islamic Market Index y el FTSE Global Islamic Index.
  2. Asociación y copropiedad ( musharakah ). Tres de estas estructuras son las más comunes:
  3. Saldo decreciente de capital compartido : comúnmente utilizado para financiar la compra de una casa, el método de saldo decreciente requiere que el banco y el inversor compren la casa conjuntamente, con el inversor institucional transfiriendo gradualmente su porción del capital de la casa al propietario individual, cuyos pagos constituyen el patrimonio del propietario.
  4. Arrendamiento con opción de compra : este acuerdo es similar al saldo decreciente descrito anteriormente, excepto que la institución financiera deposita la mayoría, si no todo, el dinero de la casa y acuerda acuerdos con el propietario para venderle la casa a él. El final de un plazo fijo. Una parte de cada pago se destina al arrendamiento y el saldo al precio de compra de la vivienda.
  5. Venta a plazos (costo más) ( Murabaha ) : esta es una acción en la que un intermediario compra la casa con un título libre y claro. El inversor intermediario luego acuerda un precio de venta con el posible comprador; Este precio incluye alguna ganancia. La compra puede hacerse directamente (suma global) o mediante una serie de pagos diferidos (a plazos). Esta venta a crédito es una forma aceptable de financiación y no debe confundirse con un préstamo con intereses.
  6. Arrendamiento ( 'ijarah /' ijar ): la venta del derecho a usar un objeto ( usufructo ) por un período de tiempo específico. Una condición es que el arrendador debe poseer el objeto arrendado durante la duración del arrendamiento. Una variación del contrato de arrendamiento, 'ijarah wa' iqtina establece que se redacte un contrato de arrendamiento en el que el arrendador acepta vender el objeto arrendado al final del arrendamiento a un valor residual predeterminado. Solo el arrendador está obligado por esta promesa. El arrendatario no está obligado a comprar el artículo.
  7. Forwards islámicos ( salam e 'istisna ): Estas son formas raras de financiación, que se utilizan para ciertos tipos de negocios. Estas son una excepción a gharar . El precio del artículo es prepago y el artículo se entrega en un punto definido en el futuro. Debido a que hay una serie de condiciones que deben cumplirse para que dichos contratos sean válidos, generalmente se requiere la ayuda de un asesor legal islámico.

Vehículos Básicos de Inversión

Aquí hay algunos tipos de inversiones permitidos para la inversión islámica:

  1. Acciones La ley de la sharia permite la inversión en acciones de la compañía (acciones comunes) siempre que esas compañías no se dediquen a préstamos, juegos de azar o la producción de alcohol, tabaco, armas o pornografía. La inversión en empresas puede ser en acciones o por inversión directa (capital privado). Los eruditos islámicos han hecho algunas concesiones a las empresas permitidas, ya que la mayoría utiliza la deuda para abordar la escasez de liquidez (la toman prestada) o para invertir el exceso de efectivo (instrumentos que devengan intereses). Un conjunto de filtros excluye a las compañías que tienen deudas que devengan intereses, reciben intereses u otros ingresos impuros, o deudas comerciales por más de sus valores nominales. Una mayor destilación de las pantallas mencionadas anteriormente excluiría a compañías cuya relación deuda / activo total sea igual o superior al 33%, compañías con ingresos "impuros más ingresos por intereses no operativos" iguales o superiores al 5%, o compañías cuyas cuentas por cobrar / activos totales sean iguales o exceder el 45% o más.
  2. Fondos de renta fija
  3. Inversiones de jubilación. Los jubilados que desean que sus inversiones cumplan con los principios del Islam enfrentan un dilema en el sentido de que las inversiones de ingresos fijos incluyen riba, que está prohibido. Por lo tanto, los tipos específicos de inversión en bienes raíces, ya sea directamente o de forma titulizada (un fondo inmobiliario diversificado), podrían proporcionar ingresos de jubilación estables sin violar la ley de la Sharia.
  4. Sukuk En un ijara sukuk típico (equivalente de bono de arrendamiento), el emisor venderá los certificados financieros a un grupo inversor que los poseerá antes de volver a alquilarlos al emisor a cambio de una devolución de alquiler predeterminada. Como la tasa de interés de un bono convencional, el rendimiento del alquiler puede ser una tasa fija o variable vinculada a un índice de referencia, como LIBOR. El emisor hace una promesa vinculante de recomprar los bonos en una fecha futura a valor nominal. Los vehículos de propósito especial (SPV) a menudo se configuran para actuar como intermediarios en la transacción. Un sukuk puede ser un nuevo préstamo, o puede ser el reemplazo de una emisión de bonos convencional que cumpla con la Sharia. El tema puede incluso disfrutar de liquidez a través de la cotización en intercambios locales, regionales o globales, según un artículo en la revista CFA titulado, "Finanzas islámicas: cómo los nuevos practicantes de las finanzas islámicas están mezclando teología y teoría moderna de la inversión" (2005).

Vehículos básicos de seguros

El seguro tradicional no está permitido como un medio de gestión de riesgos en la ley islámica. Esto se debe a que constituye la compra de algo con un resultado incierto (una forma de ghirar ) y porque las aseguradoras utilizan los ingresos fijos, una forma de riba, como parte de su proceso de gestión de cartera para satisfacer los pasivos.

Una posible alternativa que cumple con la Sharia es el seguro cooperativo (mutuo). Los suscriptores contribuyen a un conjunto de fondos, que se invierten de manera compatible con la Sharia. Los fondos se retiran del grupo para satisfacer reclamos, y las ganancias no reclamadas se distribuyen entre los asegurados. Tal estructura existe con poca frecuencia, por lo que los musulmanes pueden aprovechar los vehículos de seguros existentes si es necesario o requerido.

Conclusión

Las finanzas islámicas son una práctica centenaria que está ganando reconocimiento en todo el mundo y cuya naturaleza ética incluso atrae el interés de los no musulmanes. Dado el aumento de la riqueza en las naciones musulmanas, esperamos que este campo experimente una evolución aún más rápida a medida que continúa abordando los desafíos de reconciliar los mundos dispares de la teología y la teoría moderna de carteras.

(Para leer más, vea: ¿Qué es una política de inversión islámica? )

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