Registros SEC MEF
DEFINICIÓN de presentaciones de SEC MEFUna presentación SEC MEF es una presentación SEC que se refiere al registro de hasta un 20% adicional de valores para una oferta, de conformidad con la Regla 462 (b) de la Ley de Valores de 1933. La regla 462 (b) dice que una declaración de registro y cualquier enmienda posterior a la vigencia de hasta un 20% adicional de valores entrarán en vigencia al momento de la presentación ante la SEC si el registro es para la misma clase de valores ya aprobados para registro por la SEC .
DESGLOSE SECRETOS MEF
El término llenado de la SEC generalmente se refiere a documentos formales presentados a la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. Los corredores de bolsa, las empresas públicas y algunas personas con información privilegiada deben realizar presentaciones ante la SEC con regularidad. Estas presentaciones proporcionan información importante sobre empresas a inversores y profesionales de finanzas. La base de datos EDGAR pone a disposición del público en línea muchas presentaciones ante la SEC.
Tipos de presentaciones SEC MEF
Las presentaciones de SEC MEF pueden aplicarse a los siguientes formularios de registro de la Ley de 1933 descritos a continuación:
- S-1 es un formulario básico que se utiliza cuando otros formularios no están autorizados ni son obligatorios. No se utiliza para registrar valores de gobiernos extranjeros o sus subdivisiones políticas.
- S-2 es utilizado por las compañías que deben informar bajo la Ley de Bolsa de Valores de 1934 durante al menos tres años.
- S-3 es para las empresas que deben informar durante al menos 12 meses y que se han adherido a los requisitos de presentación oportuna del formulario S-2.
- S-11 se utiliza para registrar valores de fideicomisos de inversión inmobiliaria y algunas otras compañías inmobiliarias.
- SB-1 puede ser utilizado por algunos emisores de pequeñas empresas para registrar ofertas de valores de no más de $ 10 millones.
- SB-2 puede ser utilizado por algunos emisores de pequeñas empresas para registrar ofertas que se venderán en efectivo.
- F-1 es utilizado por emisores privados extranjeros elegibles.
- F-2 es utilizado por emisores privados extranjeros elegibles con un capital flotante de un mínimo de $ 75 millones en todo el mundo, han informado bajo la Ley '34 durante al menos tres años, o están registrando valores no convertibles de grado de inversión.
- F-3 puede ser utilizado por emisores privados extranjeros elegibles que hayan informado durante al menos 12 meses bajo la Ley '34, y que tengan una flotación en el mercado público mundial de más de $ 75 millones.