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¿Se puede demandar a alguien por publicar comentarios maliciosos en línea?

comercio algorítmico : ¿Se puede demandar a alguien por publicar comentarios maliciosos en línea?

El uso de las redes sociales para la comunicación ha explotado en los últimos años. Gran parte de lo que la gente publica en sitios como Facebook, Twitter y otros son negativos e incluso mezquinos, y a veces puede dañar la reputación de los demás.

Publicar algo negativo o mezquino no es ilegal ni está sujeto a una demanda en sí mismo. Sin embargo, la cuestión de si puede ser demandado por comentarios negativos que publique en las redes sociales depende de si sus palabras constituyen difamación.

La difamación puede protegerse con una política general sobre sus activos.

Difamación

La difamación implica escribir o decir algo sobre alguien que daña la reputación de esa persona. Los radiodifusores a menudo se protegen contra esto con un seguro literal de radiodifusión. Para ser definición, una declaración debe presentarse como verdadera pero, de hecho, no es cierta. Tampoco debe estar sujeto a inmunidad como podría ser, por ejemplo, en el caso de una figura pública (ver más sobre esto a continuación) y en algunas otras circunstancias.

Hay dos tipos de difamación: difamación (difamación escrita o publicada) y calumnia (difamación hablada). La difamación relacionada con las redes sociales se considera difamación ya que la declaración se publica o publica, a menudo con el nombre de la víctima adjunto.

Las dos formas de defensa

La mejor defensa contra una demanda por difamación basada en los comentarios que hace en línea es que lo que ha publicado es cierto. Si su afirmación es verificablemente cierta, está fuera de peligro. Sin embargo, probar la verdad puede llevar mucho tiempo y ser costoso.

Alternativamente, si puede probar que sus comentarios publicados son simplemente su opinión, y no una afirmación de hecho, eso es suficiente para que se desestime una demanda por difamación y evite daños civiles.

La opinión, como la verdad, no siempre es fácil de probar. Decir "Creo" o "Es mi opinión que ..." no es suficiente para demostrar que una declaración es una opinión. Si, por ejemplo, su publicación en línea dice: "Creo que mi vecino mató a su esposa", parece una opinión. Pero el hecho de que conozca a su vecino y que los lectores puedan creer que tiene conocimiento de la situación transforma esa afirmación en una de hecho potencialmente verificable.

La prueba de declaración de hechos verificables

Separar su opinión de una declaración de hechos verificables es clave para defenderse de la difamación (difamación). El contexto se vuelve cada vez más importante.

Si publica un comentario que dice: "Ese tipo es un perdedor", ha hecho una declaración que no es verificable de una manera u otra. Es simplemente su opinión de que el objeto de su comentario es alguien de baja posición social.

Sin embargo, si publica, "Ese hombre nunca ha tenido un trabajo", será mejor que sepa que nunca ha estado empleado o puede encontrarse en el extremo receptor de una demanda por difamación.

Sobre figuras públicas

Las figuras públicas (políticos y personas de alto perfil) no pueden demandarlo por publicar comentarios negativos sobre ellos a menos que puedan demostrar "malicia real", que se define como hacer declaraciones a sabiendas que son falsas o actuar con desprecio imprudente por la verdad o falsedad de su declaraciones.

Las figuras públicas solo tienen que cumplir con la condición de "malicia real" si la difamación se relaciona con la causa o actividad específica en la que participan.

Hay dos tipos de figuras públicas: el primer tipo incluye personas de poder e influencia, como el presidente de los EE. UU., Miembros del Congreso, atletas profesionales, estrellas de cine y otros cuyos nombres son conocidos. Se consideran figuras públicas de uso múltiple.

El segundo tipo de figuras públicas son las personas que normalmente serían consideradas personas privadas, excepto por ciertas causas o actividades en las que participan voluntariamente. Este grupo se conoce como figuras públicas de propósito limitado.

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